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DECRETO N° 1634

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, declara procedente la licencia presentada por el C. ELEAZAR GARCÍA ORTEGA, al cargo de Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Juan Guelavía, Tlacolula, Oaxaca y declara al C. PÁNFILO PLATAS LÓPEZ, Presidente Municipal Interino del Honorable Ayuntamiento de San Juan Guelavía, Tlacolula, Oaxaca.

 

 

Comuníquese esta determinación al Honorable Ayuntamiento de San Juan Guelavía, Tlacolula, Oaxaca; a la Titular de la Auditoría Superior del Estado; al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

T R A N S I T O R I O:

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación, publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 11 de febrero de 2010.

 

 

 

DIP. JOSÉ MARCELO MEJÍA GARCÍA.

PRESIDENTE.

RÚBRICA

 

 

 

DIP. OSCAR VALENCIA GARCÍA

SECRETARIO.

RÚBRICA

 

DIP. CLAUDIA DEL CARMEN SILVA FERNÁNDEZ.

SECRETARIA.

RÚBRICA